¿Termina tu contrato de alquiler o te han comunicado una subida de renta? El nuevo decreto de vivienda 2026 introduce cambios que conviene conocer antes de firmar una renovación, aceptar nuevas condiciones o dar por finalizado un arrendamiento.
En Martínez y Pulido Abogados, en Vecindario, Gran Canaria, explicamos las principales novedades y por qué es necesario revisar cómo se aplican a cada contrato.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo decreto de vivienda?
El Real Decreto-ley 29/2026 entró en vigor, con carácter general, el 8 de octubre de 2026, aunque determinadas medidas tienen un calendario específico.
Para saber qué cambia en tu alquiler, es necesario comprobar cuándo se firmó, en qué fase se encuentra y qué comunicaciones han intercambiado propietario e inquilino.
¿Puedo prorrogar mi contrato de alquiler?
Se contempla una prórroga extraordinaria por anualidades, hasta dos años adicionales, para los contratos que cumplan los requisitos legales.
Debe solicitarla el inquilino, que ha de estar al corriente del alquiler y haberlo estado durante los ocho meses anteriores. Hay excepciones, como determinados supuestos de necesidad real y acreditada de recuperar la vivienda.
Antes de entregar las llaves o aceptar un contrato distinto, conviene revisar si puedes acogerte a esta medida.
¿Cuánto me pueden subir el alquiler?
Hasta el 31 de diciembre de 2027, no procede aumentar la renta cuando supera el máximo aplicable del sistema de índices de referencia. En los demás casos, se contempla un nuevo pacto entre las partes; si no existe ese pacto, el incremento no puede superar el 2 %.
Por eso, una comunicación de subida debe revisarse junto con el contrato y la normativa aplicable.
¿Qué cambia en el alquiler de temporada y por habitaciones?
La nueva regulación exige justificar la necesidad temporal del alojamiento y establece una duración de entre 31 días y doce meses. Si la temporalidad no se acredita, el contrato puede quedar sometido al régimen de vivienda habitual.
Además, la suma de las rentas por habitaciones no puede superar la correspondiente al alquiler de la vivienda completa.
Tanto para propietarios como para inquilinos, documentar correctamente el uso de la vivienda ayuda a evitar conflictos sobre la duración y las condiciones del arrendamiento.
¿Se suspenden todos los desahucios?
La protección de personas vulnerables sin alternativa habitacional distingue entre supuestos. Para determinadas entidades adquirentes de inmuebles o créditos, se contempla la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2030. Para otros arrendadores, se establece una revisión anual y una duración máxima de tres años.
Si has recibido una demanda o un requerimiento, revisar cuanto antes la documentación permite valorar qué medidas pueden solicitarse y cómo defender tus derechos.
¿Existen ayudas para alquilar o comprar una vivienda?
El decreto incluye incentivos fiscales para arrendadores, una deducción por alquiler condicionada al cumplimiento de requisitos y préstamos ICO de hasta 50.000 euros, sin intereses ni comisiones, destinados a la entrada de la primera vivienda.
La concreción de los beneficiarios y condiciones de estos préstamos requiere un acuerdo del Consejo de Ministros.
Preguntas frecuentes sobre el nuevo decreto de vivienda
¿La prórroga del alquiler es automática?
La prórroga extraordinaria exige una solicitud del inquilino y el cumplimiento de las condiciones previstas. Antes de pedirla, conviene comprobar el vencimiento y las posibles excepciones.
¿La reforma de noviembre ya está vigente?
El Real Decreto-ley 28/2026, que regula otros cambios sobre continuidad de los contratos, preavisos e indemnización, tiene prevista su entrada en vigor para el 15 de noviembre de 2026. Debe distinguirse de las medidas que comenzaron a aplicarse en octubre.
¿Qué documentación necesito para consultar mi caso?
Para una primera revisión, resulta útil aportar el contrato, sus anexos, los justificantes de pago y las comunicaciones sobre subidas, renovación o finalización. Si existe un procedimiento judicial, aporta también las notificaciones recibidas.
Abogados de vivienda y alquileres en Vecindario, Gran Canaria
Una revisión jurídica puede ayudarte a entender qué puedes solicitar, qué obligaciones debes cumplir y cómo responder a una propuesta o reclamación.
En Martínez y Pulido Abogados asesoramos a propietarios e inquilinos sobre contratos de alquiler, actualizaciones de renta, prórrogas y procedimientos de desahucio.
¿Quieres saber cómo afecta el nuevo decreto de vivienda a tu contrato? Contacta con MP Abogados y estudiamos tu situación.


