El Tribunal Supremo, en sus sentencias 154/2025 y 155/2025, ha establecido nuevos criterios sobre la falta de transparencia en los contratos de tarjetas revolving. En estas sentencias, destaca la importancia de que los consumidores reciban información clara y completa sobre aspectos esenciales como la renovación automática del crédito, el riesgo de quedar atrapado en una deuda indefinida y las particularidades del sistema de amortización. Esta información debe ser presentada de forma comprensible y accesible, permitiendo al consumidor entender las consecuencias económicas del contrato.
El Tribunal pone especial énfasis en que el consumidor debe conocer a fondo el funcionamiento del «mecanismo de recomposición de capital», y estar consciente de los riesgos vinculados al crédito revolving, como los plazos indefinidos, los altos tipos de interés o la baja amortización del capital. Además, debe tener la capacidad de comparar diferentes opciones de financiación, ya que las entidades suelen aplicar por defecto la modalidad revolving.
Finalmente, aunque la falta de transparencia no siempre significa que una cláusula sea abusiva, el Tribunal concluye que en el caso de los contratos revolving, este desequilibrio informativo crea una situación de vulnerabilidad para el consumidor, convirtiéndose en un «deudor cautivo”, es decir, que no puede evaluar correctamente los riesgos y se ve atrapado en un contrato con consecuencias negativas.
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