¿Es abusiva la comisión de apertura en las hipotecas? Un análisis legal desde la perspectiva del consumidor

¿Es abusiva la comisión de apertura en las hipotecas? Un análisis legal desde la perspectiva del consumidor

En los últimos años, la legalidad de ciertos gastos asociados a los préstamos hipotecarios ha estado en el centro del debate judicial. Uno de los conceptos que más controversia ha generado es la comisión de apertura. Pero ¿realmente puede considerarse abusiva? ¿Qué dicen los tribunales al respecto? Desde Martínez y Pulido abogados, analizamos este tema clave para cualquier consumidor que haya contratado o vaya a contratar una hipoteca.

¿Qué es la comisión de apertura?

La comisión de apertura es un importe que cobra la entidad bancaria al inicio del préstamo hipotecario. Su justificación, en teoría, radica en cubrir los gastos de gestión, estudio y tramitación que realiza el banco antes de conceder la hipoteca.

¿Está permitida por la ley?

Sí, la comisión de apertura está permitida legalmente, siempre que cumpla dos condiciones esenciales:

1.Transparencia: el consumidor debe haber sido informado de manera clara, comprensible y con antelación suficiente.

2.No abusividad: no debe suponer un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes.

¿Qué dicen los tribunales?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en sentencia de 16 de marzo de 2023, dejó la puerta abierta a que los jueces nacionales analicen si esta comisión puede ser abusiva, revisando si se dan las condiciones de transparencia.

Por su parte, el Tribunal Supremo habla directamente de abusividad cuando la comisión de apertura excede del 1,5% del importe del préstamo.

¿Cuándo puede considerarse abusiva?

Una comisión de apertura podría considerarse abusiva si:

•No se explica claramente su función y justificación.

No hay servicios efectivamente prestados por el banco a cambio.

•Se cobra como un porcentaje elevado sobre el capital, sin relación con los costes reales.

En estos casos, los consumidores pueden reclamar la devolución, incluso si han firmado el contrato.

¿Qué hacer si ya has pagado una comisión de apertura?

Desde Martínez y Pulido Abogados, recomendamos:

1.Revisar el contrato hipotecario.

2.Analizar si el banco justificó adecuadamente la comisión.

3.Valorar la vía de reclamación extrajudicial.

4.En su caso, acudir a los tribunales con respaldo jurídico especializado.

Conclusión

La comisión de apertura no es automáticamente abusiva, pero sí puede serlo si no cumple con los principios de transparencia y proporcionalidad. Si crees que tu entidad no actuó con claridad, puedes tener derecho a recuperar ese importe.

¿Tienes dudas sobre tu hipoteca?

En Martínez y Pulido Abogados, somos especialistas en derecho bancario y reclamaciones hipotecarias. Te ofrecemos una revisión gratuita de tu contrato y te ayudamos a recuperar lo que es tuyo.

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